Funciones de la dirección general de ordenación del juego

 

 

En primer lugar, me gustaría agradecer la oportunidad que brinda ANAPAL para poder dar a conocer en su publicación la actividad que se realiza en la Dirección General de Ordenación del Juego, y aprovecho esta oportunidad para invitar a todos sus lectores a que visiten nuestra página web (https://www.ordenacionjuego.es/es) y se animen a participar en los distintos canales habilitados para ello. 

La Dirección General de Ordenación del Juego es el órgano del Ministerio de Hacienda que, bajo la dependencia de la Secretaría de Estado de Hacienda, ejerce las funciones previstas en el artículo 21 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego (en adelante, LRJ). Todas esas funciones, que se despliegan exclusivamente sobre el juego de ámbito estatal en los términos previstos en la normativa vigente, pueden agruparse en tres grandes categorías: funciones de control de la actividad de juego de ámbito estatal, funciones de regulación y funciones de estudio y trabajos de investigación en los distintos ámbitos del juego en España.

En cuanto a la actividad de control, esta se materializa en una doble vertiente. Por un lado, la vigilancia, inspección y, en su caso, sanción de todas las actividades relacionadas con los juegos y, por otro lado, la persecución del juego no autorizado, ya se realice desde España o desde el exterior, pero dirigido a nuestro territorio. En la primera de estas vertientes, la actividad de la Dirección General de Ordenación del Juego busca garantizar que todo juego que ofrecen los operadores autorizados se realiza con pleno cumplimiento de la normativa establecida y garantizando, en todo caso, que los intereses de los participantes y de los grupos vulnerables – con un especial hincapié en la total de exclusión de los ámbitos de juego de menores y de las personas que, bien por decisión propia o por decisión judicial, no pueden participar en los mismos -  están plenamente protegidos. En esta actividad, ha de destacarse la inestimable colaboración que ofrece la ciudadanía con sus quejas y reclamaciones, y que contribuye, junto con la actividad de oficio que desempeña la administración, a erradicar las malas prácticas y mejorar la seguridad del juego regulado. La segunda de las perspectivas, relativa a la persecución del juego no autorizado, constituye un ámbito de una relevancia trascendental, ya que la lucha contra el juego ilegal siempre ha sido un objetivo prioritario para este centro directivo.

La actividad regulatoria de la Dirección General de Ordenación del Juego se materializa, por un lado, en la convocatoria periódica de procedimientos de concesión de licencias y en la participación en los procedimientos de autorización para el desarrollo, gestión y comercialización de los juegos de lotería y, por otro, en la actividad más estrictamente regulatoria de impulso y propuesta de determinadas previsiones legales o reglamentarias y de aprobación de resoluciones, instrucciones o recomendaciones propias.

En cuanto a la primera de las vertientes regulatorias, es necesario señalar, en primer lugar, que el ofrecimiento de actividades de juego en España distintas a los juegos objeto de reserva está sometido al requerimiento previo de haber obtenido una licencia de actividad, que es concedida por la Dirección General, y sin la cual cualquier actividad de juego es ilegal y, por lo tanto, susceptible de incurrir en una infracción administrativa muy grave, castigada con multas que pueden llegar hasta los cincuenta millones de euros. Para regular el acceso al mercado de juego regulado español, y contribuir de este modo a la consecución de la oferta dimensionada de juego exigida por la LRJ, el Ministerio de Hacienda convoca periódicamente un procedimiento de concesión de licencias, en los que los candidatos a operar en España son sometidos a una estricta valoración del cumplimiento de los requerimientos técnicos, legales y económicos que les permitirán, en su caso, prestar sus servicios en nuestro país. En cuanto a la participación en los procedimientos de autorización para el desarrollo, gestión y comercialización de los juegos de lotería, en el caso de los juegos reservados de SELAE esta se concreta a través de la elaboración de un informe preceptivo tras el cual la persona titular del Ministerio de Hacienda resolverá aceptando la solicitud o rechazándola motivadamente. 

En el ámbito estrictamente regulatorio, la Dirección General de Ordenación del Juego ha llevado a cabo una intensa actividad en los últimos años, con la que se han reforzado los trascendentales aspectos tuitivos de la LRJ. Resultaría prolijo abordar una relación pormenorizada de lo acontecido en estos últimos, pero no podemos dejar de referirnos a algunos de los proyectos que han culminado su tramitación en fechas recientes.  Así, se ha reforzado, mediante Resolución de la Dirección General de Ordenación del Juego, la protección de los jugadores, el control sobre su identidad y a la minimización de los riesgos de suplantación de identidad en los entornos de juego online a través de un nuevo sistema de verificación de la identidad de los participantes en este tipo de juego. En segundo lugar, se ha dotado de una estructura organizativa y funcional reforzada al Consejo Asesor de Juego Responsable, que ha aprobado un ambicioso Programa de Juego Responsable 2019-2020, en el que se establecen las prioridades, las estrategias y los proyectos concretos en que se materializarán en dicho periodo. Por último, no puede dejar de mencionarse la reciente publicación de una iniciativa sobre la gestión de fraude en operadores de juego, iniciativa que viene a incidir en una de las finalidades expresamente señaladas por la LRJ y que tiene por objetivo orientar a los operadores autorizados a realizar una correcta gestión de los riesgos de fraude en el juego (fraude en los datos de identidad, los medios de pago utilizados, el origen de los fondos o el vinculado al amaño de eventos deportivos).

Además de las señaladas, la Dirección General de Ordenación del Juego tiene como otra de sus funciones la promoción y realización de estudios y trabajos de investigación en materia de juego, así como sobre su incidencia o impacto en la sociedad. Al igual que las restantes, el ejercicio de esta función debe dirigirse a posibilitar un conocimiento y una comprensión adecuada del ecosistema de juego en España. Esta finalidad, y la necesidad y conveniencia de que las funciones de estudio e investigación de la DGOJ no se desconecten de aquella, han determinado el marco de prioridades que ha guiado la realización de estudios por este órgano y su puesta a disposición del público general, en el indispensable ejercicio de transparencia al que ha de someterse la actuación de la Administración Pública. Con esta perspectiva, la Dirección General de Ordenación del Juego ofrece de forma trimestral y anual, datos del mercado español de juego y ha venido realizando a lo largo del tiempo estudios clínicos y de prevalencia, comportamiento y características de los usuarios de juegos de azar en España. Además, publica una Memoria anual que busca ser un compendio de la actividad realizada que resulte accesible tanto para los expertos del sector como para la ciudadanía en general y un estudio anual sobre el Perfil del jugador, que analiza el comportamiento de la demanda, ofreciendo datos sobre consumo de juegos online por edad, sexo, relaciones entre distintos juegos, tramos de gasto, etc. 

Para concluir, me gustaría subrayar que, desde su constitución, la Dirección General de Ordenación del Juego ha deseado mantener una política de transparencia en su actividad institucional. Para ello, no sólo participa de forma activa en numerosos foros internacionales y nacionales sobre el sector del juego, sino que dispone de una página web con información de verdadera utilidad (https://www.ordenacionjuego.es/es) en la que, además de desarrollar de forma pormenorizada el contenido de las funciones descritas en este artículo y contar con un sistema de consultas abierto a todos los ciudadanos y entidades, puede hacerse un seguimiento actualizado de todos los proyectos que, desde este centro directivo, van poniéndose en marcha de forma progresiva. Precisamente por ello, me gustaría finalizar este artículo tal y como lo empecé: animando a los lectores de este Boletín a visitar nuestra página web y así conocer y seguir la evolución de la actividad de juego en España y de la propia Dirección General de Ordenación del Juego.

 

Guillermo Olagüe Sánchez

Subdirector General de Regulación de Juego

Ministerio de Hacienda


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